Ley 257
En AyN nos encargamos de realizar la gestión y los arreglos correspondientes para que su edificio cumpla con todos los requisitos necesarios para obtener el Certificado de Conservación.
La ley 257 establece la OBLIGACIÓN (para los propietarios de inmuebles) de mantener en buen estado los frentes evitando que puedan producirse desprendimientos con eventual daño a las personas o bienes.
Están eximidos los inmuebles de planta baja destinados a vivienda, salvo que posean salientes de cualquier tipo que avancen sobre el espacio público de la acera. En el caso de viviendas de planta baja cuyas salientes no revistieran mayor peligrosidad, el propietario puede solicitar a la Dirección General de Fiscalización de Obras que se le exceptúe de este tipo de obligación.
Esta ley estableció la obligación de realizar inspecciones periódicas. La periodicidad de la inspección técnica del inmueble varía según la antigüedad del mismo:
Desde 10 a 20 años – Cada 10 años Desde 21 a 34 años – Cada 8 años Desde 34 a 50 años – Cada 6 años Desde 50 a 71 años – Cada 4 años Desde 71 en adelante – Cada 2 años
En el informe se indicarán cuales son las intervenciones que se deberán realizar para la recuperación del edificio y los plazos recomendados para realizarla.
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